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Posicionamiento ante los proyectos de legalización de la eutanasia en la República Argentina

I. Fundamentos
Las Facultades de Ciencias de la Salud de las universidades católicas, en coherencia con su misión fundacional de formar profesionales sólidamente comprometidos con la dignidad de la persona humana y el respeto irrestricto por la vida desde la concepción hasta su fin natural, manifiestan su profundo y categórico rechazo a las iniciativas legislativas que proponen la legalización de la eutanasia y el suicidio asistido en la República Argentina.

II. La respuesta ética al sufrimiento
Reconocemos la complejidad y la intensidad del sufrimiento físico, psíquico y espiritual que afecta a pacientes en situaciones de enfermedad avanzada o terminal. Sin embargo, sostenemos que la respuesta ética, profesional y verdaderamente compasiva a esta realidad no reside en la eliminación de la vida del que sufre, sino en el acompañamiento integral basado en la humanidad del cuidado auténtico al prójimo, la evidencia científica y la caridad.

El valor de la vida humana es prioritario y su defensa debe ser tenida en cuenta bajo el primer principio de la Bioética Personalista Ontológica que es la “Defensa de la vida física”. Toda la Ética médica occidental que siguió y sigue los lineamientos ético-morales sustentados en el Juramento Hipocrático, el cual prohíbe administrar sustancias letales para el enfermo, es contraria al procedimiento eutanásico. Por el contrario, frente al sufrimiento del padeciente, el profesional de la medicina debe acompañar, proteger y brindar los elementos de que dispone la ciencia médica y los cuidados paliativos adecuados para mitigar al máximo posible dicho sufrimiento, tanto físico como espiritual.

Es importante rescatar la antropología propia de la persona humana y su dignidad ontológica que se encuentra presente desde la fecundación hasta su muerte natural y, por lo tanto, lo hace digno por el simple hecho de ser humano. De la misma forma, la persona presenta también una dignidad moral, por la cual siempre se la debe considerar como un fin en sí mismo y no un fin para los objetivos y decisiones de los demás. En este sendero, la instrumentalización de la práctica eutanásica la lleva a una separación del orden natural que la aleja de sus propios fines y que, bajo el manto de un relativismo moral, desprecia la vida y la ordena muchas veces hacia el fin de otros que disponen y se apropian de ella. En este camino, todo se relativiza a lo subjetivo y, a partir de allí, puede eliminarse la vida del embrión que aún no puede decidir, de los embriones con alteraciones y, en el otro extremo, la existencia de personas en el final de sus vidas.

En este sentido, reafirmamos la imperiosa necesidad de fortalecer y garantizar el acceso universal y equitativo a los cuidados paliativos. Dichos cuidados, junto a las disposiciones de última voluntad en materia sanitaria, constituyen las herramientas que, desde la ciencia médica y ética del cuidado en el sentido lato, permiten el alivio efectivo del dolor y la provisión de contención integral al paciente y a su entorno familiar, sin necesidad de recurrir a prácticas que lesionen el valor intrínseco de la vida.

III. Consecuencias socio-sanitarias de la legalización de la eutanasia
La experiencia comparada internacional evidencia que, una vez despenalizada, la eutanasia tiende a una expansión progresiva de sus causales de aplicación, lo que altera sustancialmente el paradigma esencial del sistema de salud. La vocación sanitaria se desvirtúa, migrando de la asistencia y el acompañamiento del paciente sufriente a la provisión de un servicio de eliminación de la vida.

Esto podría marcar el inicio de una pendiente resbaladiza, al abrir la posibilidad de administrar la muerte a personas que no se encuentren en la etapa final de su enfermedad. En este sentido, habilitar o promover esta práctica desde el Estado podría derivar en una transformación de valores morales y espirituales, lo que a su vez podría facilitar su extensión de manera incontrolada.

Por ello, la eutanasia no puede ser presentada como un derecho, sino como una falsa solución que encubre el abandono del Estado quien, frente a los problemas de sus ciudadanos, les ofrece una vía rápida para dejar de existir.

La instauración legal de la eutanasia genera una distinción moralmente injusta entre las vidas consideradas “eutanasiables” (aquellas con un grave deterioro de su calidad de vida) y las “no-eutanasiables”. Esta distinción constituye una amenaza real para los más frágiles (ancianos, personas con discapacidad o en situación de pobreza y soledad), quienes pueden sentirse presionados, no por un genuino ejercicio de su autonomía, sino por falta de apoyos, a solicitar la muerte. De esta forma, reiteramos enfáticamente que la vida humana debe ser respetada, cuidada y protegida en todo el abanico de la existencia y no ser sujeta a un mero hecho de descarte. Frente a estas posturas utilitaristas que favorecen la implementación de la eutanasia, el Personalismo Ontológico ofrece un despliegue de acciones sobre la persona que la constituyen en el vértice de todas las decisiones morales, bajo la prioridad de una libertad con responsabilidad para una toma de decisiones objetivas y adecuadas y no en forma arbitraria y bajo la proclama de una autonomía individualista que privilegia la cultura de la muerte. La práctica de asistir el suicidio para ciertos grupos mientras se promueven políticas de prevención para otros establece una flagrante discriminación axiológica, al sugerir implícitamente que la vida que cursa con enfermedad o dependencia posee un valor intrínseco disminuido.

Pese a las argumentaciones que invocan la autonomía individual (“no obliga a nadie a nada”; “cada uno puede elegir”), la mera existencia de la opción legal de la eutanasia genera un efecto coercitivo sutil. Al ciudadano que sufre de enfermedad, que percibe su existencia como una “carga” familiar, o que enfrenta la vulnerabilidad asociada a la vejez o a la baja autoestima, se le ofrece una vía de colaboración para el fin de su vida, en lugar de recibir los recursos y el apoyo preventivo contra el suicidio.

Por consiguiente, la promoción de la muerte como solución única o primordial no constituye una garantía de libertad, sino una forma de abandono institucional que desampara al ciudadano en su momento de mayor fragilidad.

IV. Implicancias para el personal de salud
El acto de la eutanasia impone una grave disyuntiva ética al personal de salud, cuya formación y vocación esencial se orientan al cuidado de la vida. Solicitar a un profesional de la salud que realice una acción por la cual deliberadamente quita la vida a otro ser humano socava los fundamentos éticos de su ejercicio. El hecho de que el paciente la solicite, no hace lícita esta intervención porque la vida es un derecho humano fundamental y los derechos humanos son inalienables, no pueden perderse, ni siquiera por decisión. Ofrecer al personal de salud la posibilidad de ser instrumentos para provocar la muerte medicalizada introduce un peligroso cambio de paradigma en la relación médico-paciente, donde el acto de quitar la vida podría ser considerado un servicio, erosionando la confianza pública en la profesión médica.

V. Llamado final
Como comunidad universitaria, donde sustentamos y promocionamos la defensa de la vida desde la fecundación hasta la muerte natural, reiteramos nuestro compromiso con la promoción de una cultura del cuidado que valore la existencia humana en todas sus etapas y circunstancias.

Hacemos un vehemente llamado a los legisladores, a los profesionales de la salud, a los educadores y a la ciudadanía en general, a profundizar en la reflexión ética y la responsabilidad social sobre las implicancias de estas propuestas. Instamos a las autoridades nacionales a priorizar políticas públicas destinadas a fortalecer el sistema de salud, promoviendo la implementación de las directivas médicas anticipadas previstas en la ley 26.742 y en el Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, exhortamos a garantizar el acceso equitativo a tratamientos integrales y a cuidados paliativos de alta calidad protegiendo de manera efectiva a las personas más vulnerables, sin abrir la puerta a prácticas que comprometan la esencia misma de la medicina y la dignidad intrínseca de la persona humana.


JUDECA
La Junta de Decanos de Facultades de Salud integrantes de la Red Uc-Oc (JUDECA) está conformada por:

  • Facultad de Ciencias de la Salud – Universidad Católica de La Plata
  • Facultad de Ciencias de la Salud – Universidad del Norte Santo Tomás de Aquino
  • Facultad de Medicina – Universidad del Salvador
  • Facultad de Medicina – Pontificia Universidad Católica Argentina
  • Facultad de Ciencias Biomédicas – Universidad Austral-
  • Facultad de Ciencias de la Salud – Pontificia Universidad Católica Argentina – Sede Rosario
  • Facultad de Ciencias Médicas – Universidad Católica de Cuyo – Sede San Luis
  • Facultad de Ciencias de la Salud – Universidad Católica de las Misiones
  • Facultad de Ciencias Médicas – Universidad FASTA
  • Facultad de Ciencias de la Salud – Universidad Católica de Córdoba
  • Facultad de Ciencias de la Salud – Universidad Católica de Salta
  • Facultad de Ciencias de la Salud – Universidad Católica de Santiago del Estero
  • Facultad de Ciencias Médicas – Universidad Católica de Cuyo – Sede San Juan.
  • Facultad de Ciencias de la Salud – Universidad Católica de Santa Fe

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